Guía para Matricular Vehículos Provenientes del Extranjero

La matriculación de un vehículo es un requisito previo a que puedas circular con él por las vías públicas. Debes matricular y colocar las placas de matrícula antes de poder circular con cualquier vehículo a motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos.

Una vez realizado el trámite de matriculación, se te entregará el número de matrícula de tu vehículo y el Permiso de circulación del vehículoCon esta documentación podrás adquirir tus placas de matrículas.

Debes realizar este trámite para cualquier vehículo nuevo y para vehículos usados o nuevos provenientes del extranjero. Si el vehículo que pretendes matricular es un vehículo histórico, o si lo que necesitas son unas matrículas temporales para circular con él mientras gestionas la matriculación definitiva del mismo, el trámite a realizar es distinto al habitual.

¿Qué necesitas?

  1. Solicitud rellena en impreso oficial.
  2. Tarjeta de ITV electrónica (NIVE) o tarjeta de ITV en formato papel Ayuda con la diligencia de venta o, en su defecto, factura o acta de adjudicación si procede de subasta.
  3. Justificante de haber realizado el pago de la tasa de matriculación correspondiente de la DGT o resguardo de la misma.
  4. Justificantes de haber satisfecho previamente los impuestos necesarios para realizar el trámite en tráfico:
    • Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde tengas tu domicilio.
    • Justificante del pago/exención/no sujeción del Impuesto de Matriculación (modelo 576, 06 o 05 de la Agencia Estatal Tributaria), excepto en el caso de remolques

SUPUESTO ESPECIAL: IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS

Además de la documentación general, deberás aportar la siguiente documentación en función de si el vehículo es nuevo o usado y de dónde proceda:

Vehículos nuevos (no matriculados anteriormente):

  1. Adquiridos en la Unión Europea e Irlanda del Norte:
    • Justificante del pago del IVA (modelo 309 o 300 de la Agencia Estatal Tributaria) o acreditar estar incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA
    • Ficha técnica expedida por la ITV.
  2. Adquiridos en países fuera de la UE:
    • Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación del vehículo.
    • Ficha técnica expedida por la ITV.

Vehículos usados:

  1. Adquiridos en la UE e Irlanda del Norte:
    • Documentación original del vehículo.
    • Ficha técnica expedida por la ITV.
    • Documento que justifique el pago correspondiente en hacienda:
    • Si se trata de venta entre particulares, contrato de compraventa acompañada de traducción e Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales.
    • Si el vehículo adquieres a un compraventa de país distinto de España, se tienes que aportar factura en la que figure el número de IVA.
    • Si el vehículo lo adquieres a un compraventa español, se aportará factura y documento expedido por Hacienda, justificativo de estar dado de alta en esa actividad durante el ejercicio correspondiente.
  2.  Adquiridos en países fuera de la UE:
    • Documentación original del vehículo.
    • Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación del vehículo.

Los vehículos, nuevos o usados, procedentes de Reino Unido, salvo Irlanda del Norte, importados con posterioridad al 1 de enero de 2021 deberán cumplir los requisitos aplicables a vehículos adquiridos fuera de la UE. En el caso de que el vehículo tenga la condición de estatuto de la UE, serán aplicables los requisitos requeridos para vehículos adquiridos en la UE siempre y cuando se presente el certificado emitido por la AEAT que acredite esta condición.

Costes de Trámite

Para tramitar la matriculación de un vehículo tienes que abonar: La tasa 1.1 de 98,78 euros

Para el caso de ciclomotores: La tasa 1.2 de 27,57 euros

¿Quién puede realizar el Trámite?

La matriculación de un vehículo debe hacerla el comprador-titular o cualquier persona autorizada en su nombre.

Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.

También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.

Fuente: DGT

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