Traducción jurada de poderes notariales y escrituras

La traducción jurada de un documento notarial — un poder, una escritura pública, un acta o un testimonio — es su versión oficial en otro idioma, firmada y sellada por un traductor jurado nombrado por el MAEC. Es lo que exigen notarios, registros y organismos cuando el documento debe surtir efectos en otro país: apoderar a alguien en el extranjero, comprar o vender con escritura de fuera, constituir sociedades. Traducimos en 39 idiomas, con precisión jurídica y presupuesto cerrado antes de empezar.

Presupuesto gratuito y sin compromiso · Última actualización: agosto de 2026

Poder notarial y escritura pública preparados para su traducción jurada
  • Traductores nombrados por el MAEC
  • Confidencialidad garantizada
  • Más de 400 reseñas en Google
  • Terminología jurídico-notarial

Documentos notariales que traducimos

Todo lo que sale de un protocolo notarial — español o extranjero — pasa por nuestras manos. Los cuatro grandes grupos:

Poderes notariales

Generales y especiales: para pleitos, para vender o comprar, para herencias o para administrar. El documento estrella cuando hay que actuar en un país sin estar presente.

El más solicitado
Escrituras públicas

Compraventa, donación, constitución de sociedad, capitulaciones matrimoniales o declaración de obra: el título que registros y bancos extranjeros exigen traducido.

Compraventas y sociedades
Actas notariales

De presencia, de manifestaciones, de notoriedad o de junta: dan fe de hechos, y esa fe debe entenderse en el idioma del expediente donde se aportan.

Prueba de hechos
Testimonios y legitimaciones

Compulsas de documentos y legitimaciones de firma: piezas breves que acompañan a casi todos los expedientes internacionales — y de las traducciones más económicas.

Breves y económicos

Copia autorizada o copia simple: la diferencia que decide su trámite

Antes de traducir, compruebe qué copia tiene en la mano — porque no valen lo mismo:

Firma y sello
del notario

Copia autorizada

Expedida en papel timbrado con la firma y el sello del notario. Es la que tiene valor de documento público: se puede apostillar y es la que exigen registros, bancos y organismos extranjeros. Si su documento va a surtir efectos fuera, es esta.

Sin firma
ni sello

Copia simple

Reproducción informativa, sin firma del notario. Útil para revisar el contenido o preparar el presupuesto — puede enviárnosla para eso —, pero no se puede apostillar y los expedientes oficiales no la suelen admitir.

La ruta del documento notarial español hacia el extranjero. Copia autorizada → apostilla en el Colegio Notarial → traducción jurada. Ese orden importa: la apostilla forma parte del documento y también se traduce. En sentido inverso, el poder o la escritura otorgados fuera llegan a España apostillados en origen y con traducción jurada. El directorio oficial de notarios y Colegios Notariales está en el Consejo General del Notariado; de la traducción, con la terminología exacta del lenguaje notarial, nos ocupamos nosotros.

Así traducimos su documento notarial

Sobre la copia digitalizada y con el plazo coordinado con su notaría o gestoría.

  1. Envíe su documento

    En PDF o foto de alta calidad — copia autorizada con su apostilla si el destino la exige — por el formulario de presupuesto, por correo o por WhatsApp, indicando el idioma y el país de destino.

  2. Reciba su presupuesto cerrado

    Precio cerrado por documento y plazo por escrito. Si hay una firma con fecha, dígalo: organizamos el encargo para llegar antes.

  3. Su traducción, en la fecha acordada

    La recibe en PDF con firma electrónica — válido para presentar en sedes electrónicas — y, si la necesita en papel, por mensajería o recogiéndola en Adeje, Sevilla o Málaga.

Sello oficial de los traductores jurados nombrados por el MAEC, Gobierno de España

¿Por qué jurada y no una traducción normal? Porque los notarios, los registros y los organismos extranjeros solo aceptan traducciones con la firma, el sello y el número de habilitación de un traductor jurado nombrado por el MAEC. Una traducción simple, por correcta que sea, no tiene valor oficial: el expediente se devuelve y el trámite vuelve a empezar. Las traducciones al inglés las firma nuestra traductora en plantilla, nombrada por el MAEC.

Preguntas frecuentes sobre la traducción de documentos notariales

¿Cuánto cuesta traducir un poder notarial o una escritura?

Depende de la extensión: un poder estándar ocupa pocas páginas, y una escritura de compraventa o de constitución se alarga. La tarifa parte de presupuesto cerrado y siempre recibirá un presupuesto cerrado por documento antes de decidir, sin compromiso.

¿Qué es la apostilla notarial y quién la pone?

Los documentos notariales españoles se apostillan a través del Colegio Notarial correspondiente — no en el Ministerio —, sobre la copia autorizada. El orden correcto es apostillar primero y traducir después, para que la apostilla quede también traducida. Podemos gestionarle ambas cosas en un único encargo.

¿Vale una copia simple o necesito la copia autorizada?

Para que el documento surta efectos en el extranjero, el organismo exigirá normalmente la copia autorizada — la que lleva la firma y el sello del notario — y, en su caso, apostillada. La copia simple sirve para información, pero no se puede apostillar ni suele aceptarse en expedientes. Traducimos la copia que vaya a presentar.

¿Traducen poderes otorgados en el extranjero para usarlos en España?

Sí, es el caso inverso y muy frecuente: un poder otorgado ante notario extranjero — o ante cónsul — se presenta en España apostillado y con traducción jurada. Si el país no reconoce la figura del notario latino, puede hacer falta juicio de equivalencia: su notaría le dirá qué formato necesita y nosotros lo traducimos tal cual.

¿El poder traducido caduca?

La traducción no caduca y el poder, en general, tampoco — salvo que se otorgue con plazo o se revoque. Ahora bien, muchos organismos piden poderes recientes (3-6 meses) para asegurarse de que siguen vigentes. Si el suyo es antiguo, confirme antes con el destino si lo aceptará.

¿En qué formato recibiré la traducción?

En PDF con la firma electrónica del traductor jurado, con la misma validez legal que el papel, y opcionalmente en papel por mensajería a cualquier punto de España o con recogida en nuestras oficinas de Adeje, Sevilla y Málaga.

Su apoderado espera. Deje el poder traducido esta semana