La Unión Europea ha prorrogado la protección temporal para las personas desplazadas procedentes de Ucrania hasta el 4 de marzo de 2028.
Además, desde el 5 de agosto de 2026 se aplica un nuevo requisito para determinadas nuevas solicitudes: cuando corresponda, las personas solicitantes deberán acreditar que han cumplido sus obligaciones militares en Ucrania o que están exentas de ellas.
Este nuevo requisito no se aplica a quienes ya disfrutaban de protección temporal en un Estado miembro hasta el 4 de agosto de 2026 inclusive y continúan manteniéndola de forma ininterrumpida en ese mismo Estado.
Qué es la protección temporal para personas desplazadas de Ucrania
Tras el inicio de la guerra en Ucrania en febrero de 2022, la Unión Europea activó la Directiva 2001/55/CE para ofrecer protección inmediata a las personas desplazadas que no podían regresar a Ucrania en condiciones seguras. Este mecanismo permite obtener protección temporal sin tener que recurrir inicialmente al procedimiento ordinario de asilo.
La protección temporal concede derechos de residencia y permite, entre otros aspectos, acceder al mercado laboral, a la asistencia sanitaria y social y, en el caso de los menores, a la educación, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Estado miembro de acogida.
Desde su activación en 2022, este régimen ha sido objeto de sucesivas prórrogas. La más reciente extiende la protección temporal hasta el 4 de marzo de 2028.
Qué cambia desde agosto de 2026
La principal novedad afecta a determinadas personas que solicitan ahora la protección temporal. Desde el 5 de agosto de 2026, la normativa europea establece un nuevo requisito relacionado con las obligaciones militares en Ucrania.
Cuando resulte aplicable, las personas solicitantes deberán presentar pruebas que permitan acreditar que han satisfecho sus obligaciones militares en Ucrania o que están exentas de ellas. La documentación necesaria dependerá de la situación concreta de la persona solicitante y de las comprobaciones que deban realizar las autoridades competentes.
Por ello, quienes vayan a solicitar ahora protección temporal deben comprobar los requisitos actualizados antes de iniciar el procedimiento.
¿A quién afecta el nuevo requisito?
El nuevo requisito no se aplica con carácter retroactivo a todas las personas que ya disfrutan de protección temporal.
| Situación | ¿Se aplica el nuevo requisito? |
|---|---|
| Ya tenía protección temporal en un Estado miembro hasta el 4 de agosto de 2026 inclusive y la mantiene sin interrupción en ese mismo Estado | No |
| Presenta una nueva solicitud después de la entrada en vigor del requisito | Puede aplicarse, cuando corresponda |
Es importante diferenciar entre quienes ya eran beneficiarios y las personas que presentan una nueva solicitud después de la entrada en vigor del nuevo requisito.
La protección temporal se disfruta en un solo Estado miembro a la vez, por lo que debe tenerse en cuenta si la persona ya ha obtenido este estatuto en otro país de la Unión Europea.
Hasta cuándo dura la protección temporal
La protección temporal para las personas desplazadas procedentes de Ucrania ha sido prorrogada por la Unión Europea hasta el 4 de marzo de 2028. Esta nueva ampliación se establece en la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1912 del Consejo, y es una nueva prórroga del régimen excepcional activado en 2022 como consecuencia de la invasión de Ucrania.
Las personas beneficiarias deben tener en cuenta que las cuestiones relativas a sus documentos de residencia en España y a su renovación o prórroga se rigen también por las disposiciones e instrucciones que adopten las autoridades españolas competentes.
Quién puede solicitar protección temporal en España
La protección temporal no se limita exclusivamente a ciudadanos ucranianos. Dentro de su ámbito pueden encontrarse, dependiendo de las circunstancias:
- nacionales ucranianos desplazados por el conflicto;
- determinadas personas apátridas o nacionales de terceros países que residían legalmente en Ucrania y que no pueden regresar de forma segura a su país o región de origen;
- determinados familiares de las personas beneficiarias, en las condiciones establecidas por la normativa.
España amplió además el ámbito de protección a determinados ciudadanos ucranianos que ya se encontraban en territorio español antes del 24 de febrero de 2022 y que, como consecuencia del conflicto, no pueden regresar a Ucrania.
Dado que existen diferentes supuestos, es importante comprobar si se cumplen los requisitos correspondientes antes de presentar la solicitud.
Qué derechos concede la protección temporal en España
Las personas beneficiarias de protección temporal pueden residir y trabajar legalmente en España mientras se mantenga vigente su protección. Entre los derechos asociados a este régimen se encuentran:
- trabajar por cuenta propia o ajena;
- acceder al sistema de acogida cuando se cumplan los requisitos establecidos;
- recibir asistencia sanitaria;
- acceder a la asistencia social en las condiciones previstas;
- y, en el caso de los menores, acceder a la educación.
Estos derechos se mantienen durante el periodo en el que la persona conserve la condición de beneficiaria de protección temporal.
Dónde solicitar la protección temporal en España
La solicitud puede realizarse a través de los puntos habilitados por las autoridades españolas para tramitar la protección temporal. El Ministerio del Interior y los canales oficiales habilitados para la atención a las personas desplazadas de Ucrania ofrecen información sobre los lugares de tramitación, las comisarías correspondientes y los procedimientos de cita.
Como estos puntos de atención y los procedimientos administrativos pueden actualizarse, conviene consultar la información oficial antes de acudir presencialmente.
Documentación extranjera y traducción jurada
Las personas que solicitan protección temporal pueden tener que presentar documentación expedida en Ucrania para acreditar determinadas circunstancias personales o cumplir los requisitos del procedimiento. Desde agosto de 2026, además, determinadas nuevas solicitudes pueden requerir documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones militares o la exención de las mismas, cuando corresponda.
Esto no significa que cualquier documento ucraniano deba acompañarse automáticamente de una traducción jurada al español. La necesidad de traducción dependerá del documento, del procedimiento y de lo que solicite la autoridad española competente.
Si se requiere una traducción oficial de documentación expedida en ucraniano, deberá prepararse conforme a los requisitos establecidos para su presentación en España.
Preguntas frecuentes
¿La protección temporal termina en marzo de 2027?
No. La Unión Europea ha aprobado una nueva prórroga de la protección temporal hasta el 4 de marzo de 2028. La fecha de marzo de 2027 correspondía a la prórroga anterior.
¿Desde cuándo se aplica el nuevo requisito sobre las obligaciones militares?
El nuevo requisito se aplica desde el 5 de agosto de 2026. Cuando resulte aplicable, la persona que solicita la protección temporal deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones militares en Ucrania o la exención correspondiente.
¿El nuevo requisito afecta a quienes ya tenían protección temporal en España?
No se aplica a quienes ya disfrutaban de protección temporal en España hasta el 4 de agosto de 2026 inclusive y continúan manteniéndola de forma ininterrumpida en España. La situación es diferente para las nuevas solicitudes presentadas después de la entrada en vigor del nuevo requisito.
¿Puedo tener protección temporal en España y en otro país de la UE al mismo tiempo?
La protección temporal y los derechos asociados a ella se disfrutan en un solo Estado miembro a la vez. Por ello, si una persona ya ha obtenido protección temporal en otro Estado miembro, debe tenerlo en cuenta antes de iniciar el procedimiento en España.
¿Puedo trabajar en España con protección temporal?
Sí. La protección temporal incluye una autorización para trabajar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, durante el periodo en el que se mantenga vigente.
¿Necesito traducción jurada de mis documentos ucranianos?
Depende de la documentación que debas presentar y de los requisitos establecidos por la autoridad competente. No existe una regla general según la cual todos los documentos ucranianos utilizados en una solicitud de protección temporal deban traducirse de forma jurada. Si la Administración solicita una traducción oficial de un documento concreto, será necesario cumplir los requisitos establecidos para esa documentación.
- Directiva 2001/55/CE del Consejo, relativa a la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas.
- Decisión de Ejecución (UE) 2026/1912 del Consejo, sobre la prórroga de la protección temporal.
- Ministerio del Interior de España: información oficial sobre la protección temporal para personas desplazadas de Ucrania.
Esta guía tiene carácter informativo y está actualizada conforme a la normativa disponible en septiembre de 2026. Los requisitos y procedimientos relativos a la protección temporal pueden ser objeto de nuevas disposiciones o instrucciones administrativas, por lo que conviene consultar siempre la información oficial actualizada antes de iniciar el trámite.